Cuando afrontamos el estudio de cualquier disciplina, lo
primero que nos trasladan son una serie de conocimientos teóricos que, más
adelante, deberemos aplicar en la práctica del día a día.
En el día a día, o mejor dicho, en el transcurso de los años
nos vamos dando cuenta de que cada vez sabemos menos, ya que premisas que se
creían absolutas no lo son ni muchísimo menos.
Mi propuesta es explicar la teoría desde un
punto de vista del día a día de la forma más clara posible para todo tipo de
lector y en especial a los estudiantes de Derecho y personas que quieran
desempeñar su labor profesional en el área de la asesoría laboral.
A través de diferentes posts voy a intentar trasladar la regulación
contendida en nuestro Estatuto de los Trabajadores (En adelante, “ET”) en su
primer Título.
El ET se divide en tres Títulos, que se subdividen a su vez
en diferentes capítulos. Esto, que a priori, puede sonar muy teórico y que
pueda pensarse que quizá no importe demasiado saberlo de carrerilla, luego en
la práctica es más útil de lo que parece. Tener una estructura en la cabeza de
la regulación estatutaria nos facilitará (i)
tener una mayor facilidad a la hora de relacionar artículos y (ii) evitar posibles descuidos que
pueden llevar a la incorrecta aplicación de un precepto, como, por ejemplo, que
existen Disposiciones transitorias, adicionales y finales que hay que
relacionar con el resto de artículos del ET (iremos viendo con ejemplos).
Dicho esto, el esquema es el siguiente:
Título I.- De la
relación Individual de trabajo.
Título II.- De los
derechos de representación colectiva y de reunión de los trabajadores en la
empresa.
Título III.- De la
negociación colectiva y de los convenios colectivos.
Disposiciones
Adicionales
Disposiciones
Transitorias.
Disposiciones
Derogatorias.
Disposiciones
Finales.
Pues bien, la primera recomendación sería revisar el
contenido de cada uno de los capítulos que engloban cada título, así como la
redacción de cada una de las Disposiciones para ir formando un esquema mental
que podamos utilizar en la práctica, si bien, lo ideal es no dar nada por
supuesto y afrontar cada caso con la legislación actualizada por delante.
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